este tratado pretende, fundamentalmente, alcanzar un doble propósito:
1° colmar un vacío bibliográfico existente en la literatura jurídica universal, en la que son demasiado escasas las jurisprudencias sobre la reserva y en la doctrina, tanto nacional como foránea, no hay ni siquiera un solo trabajo monográfico omnicomprensivo del pacto reservatorio.
2° probar que el pacto es la máxima garantía que tiene el vendedor para hacerse pagar el precio íntegro. la auténtica reina de las cauciones y no la hipoteca.